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Fideicomiso: el mejor camino

Artículos publicados en el Suplemento Económico del diario ABC Color por la columnista invitada Myrian Soliz Pastore.

Hace menos de 15 días la Bolsa de Valores del Paraguay  ha cumplido un año más de existencia y en las exposiciones realizadas por las autoridades y expertos bursátiles  se concluyó positivamente que una de las alternativas para que  las empresas  y las personas puedan acceder a financiación a mayor plazo y menor costo es mediante la emisión de títulos, cotizables en el mercado de valores.

Esta alternativa de financiación  a la vez permite a los inversores   ávidos de instrumentos en que invertir, acceder a los títulos emitidos que les otorguen mayor rentabilidad.

Dando una continuidad al artículo publicado sobre el Fideicomiso  como la mejor alternativa a la cual recurrir para lograr financiación a mediano y lago plazos;  hoy me referiré  a la modalidad del fideicomiso para titularizar activos  y que esos títulos sean cotizables en el mercado de valores,  para que el público acceda a instrumentos de inversión emitidos por patrimonios autónomos constituidos por fideicomisos y las empresas o personas obtengan financiación  acorde a sus necesidades.

Generalmente este tipo de Fideicomisos  nacen de la necesidad por un lado de los Inversionistas-de obtener rendimientos atractivos- y, por la otra – la necesidad de  las empresas o personas dedicadas a actividad comercial, industrial o de servicios- de contar con financiación a costos menores y a mayores plazos.

Recordemos que el  Fideicomiso para Titularización de Activos –Es el mecanismo (financiero-jurídico) que tiene por finalidad darle liquidez a activos considerados ilíquidos, mediante la emisión y colocación en el mercado de valores, de títulos de diferentes clases y características.

La emisión de Títulos cotizables en el Mercado de Valores, emitidos  por un Patrimonio Autónomo, se realiza con la autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV)  y la Bolsa de Valores y Productos de Asunción (BVPASA).

Los activos transferidos a un fideicomiso en forma irrevocable (transferencia en firme) establecida en la ley 921/96 de Negocios Fiduciarios pueden ser  entre otros: cartera de créditos, títulos de deuda pública, documentos de crédito, activos inmobiliarios, flujos de caja,  que sirven de base para una emisión de títulos. 

Estos activos que sirven de base para la emisión de títulos valores (Títulos de participación o Títulos de contenido crediticio) a su vez deben generar o ser susceptibles de generar un flujo de caja matemática o estadísticamente predecible para que el Fiduciario pueda hacer frente a las obligaciones de pago del principal y de sus intereses.

Cundo se emiten Títulos de participación, el inversionista adquiere un derecho o alícuota en el patrimonio autónomo, participando de las utilidades o pérdidas que genere el respectivo negocio fiduciario.

Cuando se emiten  Títulos de contenido crediticio, se incorpora el derecho a percibir la cancelación del capital y de los rendimientos financieros en los términos y condiciones señalados en el título. En este caso, los activos que forman el patrimonio autónomo constituyen la garantía y el flujo de caja es la  fuente de pago del pasivo con los inversionistas; siendo el  fiduciario, en su calidad de titular de los bienes quien debe adoptar todas las medidas que sean necesarias para obtener el recaudo de los flujos requeridos para el pago de las obligaciones contenidas en los títulos emitidos.

En síntesis, bajo la estructura de un Fideicomiso,  el  fiduciario en su calidad de titular de los activos transferidos en un fideicomiso (denominados bienes fideicomitidos) se obliga, a emitir los respectivos títulos y a recaudar los importes  provenientes de su colocación para canalizarlos a las empresas o personas quienes se  lo han solicitado y el alcance de las relaciones del fiduciario con los inversionistas está dado por los derechos incorporados en los títulos emitidos en desarrollo del proceso de titularización.

De esta manera, se permite la introducción de nuevos y atractivos instrumentos financieros al mercado público de valores, a través de la ampliación de la gama de activos y bienes susceptibles de titularización.

Otra Modalidad

Ahora bien, también puede darse que una Empresa, siendo una  Sociedad Anónima Emisora (SAE), desea realizar una emisión de títulos garantizados, recurre a una Entidad  Fiduciaria para que esta reciba los bienes en un Fideicomiso de Garantía con la finalidad de  garantizar la emisión de títulos por un valor y plazos determinado.

Los bienes transferidos a la Fiduciaria a través de un  fideicomiso garantizan o  aseguran el cumplimiento de determinadas obligaciones,  a favor de uno o más acreedores, en este caso los tenedores de los títulos emitidos.

En el contrato de fideicomiso se establecerá claramente  las obligaciones garantizadas (relativas a la emisión de títulos), el plazo y el procedimiento a seguir en caso de incumplimiento por parte del  emisor a los tenedores de los títulos, para que la Fiduciaria realice la venta de los bienes para abonar a los inversores-.

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